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PPWR-Frage

¿También estoy afectado por el PPWR como pequeña empresa?

Sí – el PPWR (Reglamento (UE) 2025/40) se aplica en principio a todas las empresas que comercializan envases en el mercado de la UE, independientemente del tamaño de la empresa. No existe una exención general para las microempresas.

Sin embargo, el reglamento establece exenciones por volumen para determinadas categorías: las empresas que comercialicen menos de 1 tonelada de material de envasado al año están exentas de ciertas obligaciones, en particular los requisitos de contenido mínimo de material reciclado. Este umbral puede parecer generoso, pero muchas pymes lo superan antes de lo esperado, ya que el cálculo acumula todos los tipos de envases (envases primarios, secundarios y de transporte).

Especialmente relevante para las pymes a partir del 12 de agosto de 2026:

- Obligación de etiquetado: Cada envase debe llevar el pictograma estandarizado de clasificación de materiales, sin exención por volumen. - Obligación de minimización: Debe reducirse el volumen de envasado innecesario; el espacio vacío en los envases está limitado. - Pasaporte digital del producto (código QR): Para determinadas categorías de envases, un GS1 Digital Link pasa a ser obligatorio, incluso para cantidades menores. - Obligaciones de documentación: Debe poder acreditar ante las autoridades competentes la conformidad de sus envases.

Un error frecuente: las empresas que operan exclusivamente en el sector B2B no están exentas de estas obligaciones. El reglamento se vincula a la comercialización, no al canal de distribución.

Para un análisis detallado de su situación concreta, diríjase a su cámara de comercio local, que ofrece consultas iniciales gratuitas sobre el cumplimiento del PPWR.

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